Decreto reformatorio del 6 de Diciembre sobre recaudación de las contribuciones y rentas
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Resumen
The image contains news about the Decree of Pastor Ospina, Governor of Cundinamarca, of December 6, 1858, establishing the creation of post offices in the Districts of the State for the collection of contributions and income. Private Treasury Administrators will have a deductible salary of 15% of the amount collected, set by the Administrator in agreement with the Prefect. District Treasurers who serve as Administrators will enjoy 6% of the proceeds. The salaries of general and individual Administrators will have a maximum limit. In summary, measures are established for the efficient collection of taxes and the control of funds in the State of Cundinamarca. News published in Gaceta de Cundinamarca on January 21, 1858
Descripción
La imagen contiene una noticia sobre el Decreto de Pastor Ospina, Gobernador de Cundinamarca, del 6 de diciembre de 1858, establece la creación de estafetas en los Distritos del Estado para la recaudación de contribuciones y rentas. Los Administradores particulares de Hacienda tendrán un sueldo deducible del 15% de lo recaudado, fijado por el Administrador en acuerdo con el Prefecto. Los Tesoreros de Distrito que ejerzan como Administradores disfrutarán del 6% de lo recaudado. Los sueldos de los Administradores generales y particulares tendrán un límite máximo. En resumen, se establecen medidas para la recaudación eficiente de impuestos y el control de fondos en el Estado de Cundinamarca. Noticia publicada en Gaceta de Cundinamarca el 21 de Enero de 1858
Palabras clave
Recaudación, Funcionarios, Presupuesto, Gobierno, Noticias de Bogotá
