Acuerdo No. 16 sobre privilegios exclusivos para establecer espectaculos públicos

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Resumen

The image contains a notice about the Agreement Number 16 of 1891 by means of which the exclusive privilege is granted to establish a Circus for public spectacles and to give bullfights in the Spanish style, therefore The Municipal Council of Bogota in use of its legal faculties agrees to approve the contract celebrated with the Municipal Personero and Mr. Carlos Jose Espinosa and Rafael Espinosa, being these from said act, titled as concessionaries with exclusive privilege for a term of fifty years to establish public spectacles and give bullfights in the Municipality of Bogota, in such a way that the authorities will watch that similar establishments are not built. Additionally, it is defined that the concessionaires must build said establishment in the city of Bogota, below the Plaza de los Martires on land belonging to the Espinosa family, taking into account the capacity of spectators, the stipulations on the boxes and other conditions. Finally the sums that they will have to grant in favor of the Municipality are stipulated, being this of twenty five thousand pesos in case Mr. and Mrs. Espinosa do not comply with the defined agreements, additionally they are granted the possibility of transferring or terminating the contract with any person or company that they consider, this will be authorized by the Municipal Personero. Signed at the bottom of the Agreement by Eduardo Restrepo Sáenz, Carlos José Espinosa and Rafael Espinosa.

News published in the Municipal Register, No.507, April 13-1891

Descripción

La imagen contiene una noticia acerca del Acuerdo Número 16 de 1891 por medio del cual se concede el privilegio exclusivo para establecer un Circo para espectáculos públicos y dar corridas de toros en la usanza española, por tanto El Consejo Municipal de Bogotá en uso de sus facultades legales acuerda aprobar el contrato celebrado con el Personero Municipal y los señores Carlos José Espinosa y Rafael Espinosa, siendo estos a partir de dicho acto, titulados como concesionarios con privilegio exclusivo por término de cincuenta años para establecer espectáculos públicos y dar corridas de toros en el Municipio de Bogotá, de tal forma las autoridades velarán porque no se construyan establecimientos similares. Adicional se define que los concesionarios deberán construir dicho establecimiento en la ciudad de Bogotá, abajo de la Plaza de los Mártires en terrenos de la familia Espinosa teniendo en cuenta la capacidad de espectadores, las estipulaciones sobre los palcos y demás condiciones. Finalmente se estipulan las sumas que estos tendrán que otorgar a favor del Municipio siendo esta de veinticinco mil pesos en caso de que los señores Espinosa incumplan los acuerdos definidos, adicional se les otorga la posibilidad de traspasar o endosar el contrato con cualquier persona o compañía que ellos consideren, esta será autorizada por el Personero Municipal. Se firma al pie del Acuerdo por Eduardo Restrepo Sáenz, Carlos José Espinosa y Rafael Espinosa. Noticia publicada en el Registro Municipal, No.507, 13 de Abril-1891

Palabras clave

Corridas de toros, Espectaculos públicos, Circos, Acuerdo, Consejo Municipal de Bogotá, Concesionarios, Noticias de Bogotá

Materias

Bogotá -- Historia -- Fuentes , Bogotá -- Historia -- Imágenes , Bogotá -- Vida social y costumbres -- 1800-1950

Citación