Resolución aclarado la del 18 de Julio de 1843 sobre las fechas que deben contarse las penas temporales
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Resumen
The image contains news about the clarification of the resolution of July 18, 1843 in which on July 24, 1845 in article 2 of law 5, regarding the Granada compilation of first instance sentences in that, in criminal cases, penalties other than those detailed in its article are imposed, they are not consulted with a district terminal in which, if they were not appealed, they will be resolved, the authorities themselves will begin to count the direction of the temporary penalties from the day the last sentence is notified. News published in Official Registry Bogotá 1845. page 59-60.
Descripción
La imagen contiene una noticia acerca de la aclaración de la resolución del 18 de julio de 1843 en el cual el día 24 de julio de 1845 en el articulo 2 de la ley 5, en cuanto a la recopilación granadina de las sentencias de primera instancia en que se impongan, en causas criminales, penas distintas de las detalladas en su articulo, no se consulten con un terminal del distrito en las que si no fueran apeladas se resuelvan, sí mismo las autoridades comenzaran a contar la dirección de las penas temporales desde el día que se notifique la ultima sentencia. Noticia publicada en Registro oficial Bogotá 1845. pag 59-60.
Palabras clave
Sentencias, Criminales, Juicios, Penas